El cuerpo legislativo emitió un comunicado en el que “expresa el total acompañamiento” a la presentación en forma unánime
El cuerpo legislativo emitió un comunicado en el que “expresa el total acompañamiento” a la presentación en forma unánime
El Concejo Deliberante de Godoy Cruz expresó su apoyo al intendente Diego Costarelli en la solicitud al Ministerio de Hacienda y Finanzas de Mendoza para que se continúen liquidando los tributos coparticipables entre las municipalidades de la provincia, conforme los datos que surgen del Censo Nacional de Población, Hogar y Viviendas 2010.
A través de un comunicado, el cuerpo legislativo aseguró que se trata de una “manifestación unánime”, que “expresa el total acompañamiento” a esa presentación.
Además, reflejaron su “profunda preocupación por el impacto que la Resolución recurrida tiene en los recursos coparticipables que recibe nuestro Municipio y que repercute directamente en la calidad de vida de nuestros vecinos y de quienes desarrollan diariamente su vida en el departamento”.
El Honorable Concejo Deliberante de Godoy Cruz, mediante una manifestación unánime, expresa el total acompañamiento a la presentación hecha por el Señor Intendente Lic. Diego Costarelli, contra la Resolución N° 10/2024 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de Mendoza, donde se interpone un Recurso de Reconsideración y el pedido de suspensión de la ejecución de la Resolución mencionada.
La Ley Nº 6396 establece la forma de distribución de la coparticipación, dentro del que se encuentra el factor “población”, pero no es el único.
Por su parte, la Resolución recurrida hace suyos los datos obtenidos en el Censo Nacional 2022, que en comparación con los datos del Censo Nacional 2010 resultan en una diferencia perjudicial para el departamento de Godoy Cruz. Estos datos representan un grave detrimento en la masa percibida por coparticipación y desdeña la discusión de criterios más justos, que cuantitativamente y cualitativamente otorgan resultados más confiables para un equitativo reparto de dichos recursos.
Sin perjuicio de ello, resulta fundamental destacar que tomar como base interpretativa el concepto de “ciudad dormitorio” para aplicar el criterio de “población” al que refiere la Ley Nº 6396 no hace más que generar inequidades y negar los paradigmas de las nuevas ciudades, donde la “población servida”, se constituye como el elemento principal para la distribución de los recursos coparticipables. Siendo que los entramados urbanos de la actualidad hacen que los municipios presten servicios consumidos por ciudadanos no residentes pero cuya obtención del bien prestado es en jurisdicción diferente en la que estos mismos fijan domicilio.
Por todo ello, pronunciamos nuestra profunda preocupación por el impacto que la Resolución recurrida tiene en los recursos coparticipables que recibe nuestro Municipio y que repercute directamente en la calidad de vida de nuestros vecinos y de quienes desarrollan diariamente su vida en el departamento.