Tramitar la concesión de nicho a urna de restos del Cementerio de Godoy Cruz.-
1- El que solicita el traslado debe ser familiar directo.-
2- En el caso de que sea otro familiar el que solicita el traslado, deberá traer Acta ante Escribano Público haciéndose responsable de las acciones civiles y penales que puedan surgir.-
3- En el caso de Concesiones no vencidas :
a) Apellido, nombre y/o fecha de deceso del titular fallecido.-
b) Deuda Municipal cancelada (no se realiza Planes de Pago). Si no posee deuda, el contribuyente tiene 30 días desde que se presentó en la oficina para realizar el trámite.-
1- El trámite se cumplimenta de acuerdo a la disponibilidad de Nichos existentes.-
2- La concesión de Nicho a Urna se realiza por 10 años.-
3- Se deberán cancelar los conceptos de:
a) Derecho de Exhumación de Restos.-
b) Derecho de Traslado Interno.-
c) Sellado de Urna, Nicho, Mausoleo o Pileta.-
d) Derecho de reducción (en caso de Sepultura o Nicho).-
e) Derecho de Inhumación.-
f) Retiro de Lápida (en caso de Nicho).-
Tiempo Aproximado de Gestión: Inmediato.-
Costos: Dependerá de la ubicación de la fila según Ordenanza Tarifaria vigente y Código Tributario vigente.-
1- Ordenanza - Cap. XIII - Art. 59 - Inciso D (Ordenanza Tarifaria vigente).-
2- Ordenanza - Art. 274 (Código Tributario vigente).-
3- Ley Nº 9003 (Ley de Procedimiento Administrativo).-
13 noviembre, 2023