Tramitar la exención de Tasas Municipales.-
El periodo de presentación del trámite es del 1 de enero al 30 de junio.
1- Alcanzar a todos aquellos Jubilados y Pensionados que sean titulares del inmueble objeto de la Solicitud, siempre que el mismo sea destinados exclusivamente a vivienda familiar, que habiten en él y que no posean otro inmueble.-
2- La jubilación y/o pensión debe ser su único ingreso y no debe superar el monto de 2 haberes mínimos jubilatorios. A su vez, dicho monto no podrá ser superior a la totalidad de los ingresos de todo el grupo familiar conviviente.-
3- No tener deuda con el Municipio en ningún concepto o haber regularizado su situación mediante un Plan de Pago, o presentar Constancia de trámites iniciados.-
4- Bono de haberes como Jubilado y/o Pensionado, según corresponda, para acreditar condición tal.-
5- Original y fotocopia del Documento Único. de todas y cada una de las personas que conviven en el domicilio (incluyendo el Titular).-
6- Certificado de A.N.S.E.S a nombre de la/el esposa/o y de todas las personas mayores de edad que conviven en el domicilio, donde conste si perciben algún haber. En el caso de ser viudo/a, separado/a, divorciado/a, soltero/a, deberán presentar certificado de A.N.S.E.S donde conste que la jubilación o pensión sea el único ingreso que percibe.-
7- Acta de Matrimonio en caso de corresponder.-
8- Acta Defunción (si es viudo/a).-
9- Fotocopia de la Escritura del inmueble.-
10- Acta de Tenencia Precaria (poseedores o adjudicatarios).-
11- Certificado de Única Propiedad.-
1. El trámite deberá iniciarse, en el Centro de Atención Unificada (remitirse a ¨Oficinas de Atención”), previo obtención de turno en la página web municipal; o a través de esa misma página web plataforma “CIUDADANÍA DIGITAL”. El trámite en la plataforma digital, debe subir los documentos en formato PDF.
2. La Solicitud debe presentarse cada año.-
Tiempo Aproximado de Gestión: Inmediata.-
Costo:exento de sellado, según Ordenanza Tarifaria vigente. -
1. Ley Nº 9003 (Ley Provincial de Procedimiento Administrativo).-
2 agosto, 2023