El presidente del HCD, César Cattaneo, presentó un proyecto de ordenanza que ya tomó estado parlamentario y que será sometido a votación en los próximos días.
La política sustentable de Godoy Cruz sigue su curso y busca incrementar nuevos puntos para paliar situaciones que conllevan un duro impacto ambiental.
Es por eso, que el presidente del Concejo Deliberante presentó un proyecto de ordenanza para eliminar las bolsas plásticas de supermercados e hipermercados del departamento, algo que ya se está implementando en varias ciudades del mundo y que le hace un gran guiño a la ecología.
El proyecto ya tomó estado parlamentario por lo que será tratado en el HCD la próxima semana.
Dentro del escrito presentado por el edil del Frente Cambia Mendoza plantea que “el incremento de bolsas de plástico como embalaje y envase generalizado para el transporte y contención de todo tipo de bienes y productos, ha aumentado considerablemente, multiplicando su nocivo impacto ambiental”.
Y agrega que “menos del 1% de las bolsas se recicla ya que es más costoso el reciclado de una bolsa plástica que producir una nueva. Es por eso que alrededor de 500 mil trillones de bolsas de plásticos se consumen por año”.
“La proliferación del plástico es creciente y los rellenos sanitarios no dan abasto para contener tanta cantidad de este tipo de material. En nuestra provincia no sólo se acumulan en la tierra, sino que también en los cauces de agua”, argumenta.
Por estos puntos explicados, el proyecto de ordenanza tiene los siguientes artículos:
ARTÍCULO Nº 1: Prohíbase el uso de bolsas de material no biodegradable para contener las mercaderías, materiales o productos expedidos por supermercados e hipermercados en el Departamento de Godoy Cruz.
ARTICULO Nº 2: Quedan exceptuados del Artículo 1º, el uso de bolsas de material biodegradable para contener alimentos o insumos húmedos, elaborados o pre-elaborados, únicamente como continente o envase y todos aquellos que por razones de seguridad y conservación no puedan remplazarse por materiales biodegradables.
Articulo Nº3: Establecesé un plan de reducción de entrega de bolsas no reutilizables en los supermercados. Dicho plan operará en un plazo de veinticuatro (24) meses a partir de la promulgación de la presente Ordenanza siendo su implementación gradual conforme el siguiente cronograma:
ARTICULO Nº 4: Los supermercados e hipermercados que incumplan con lo dispuesto en el Art.1 de la presente ordenanza serán pasibles de una multa. El departamento Ejecutivo determinará el régimen de sanciones e incumplimiento y el valor de las multas.
ARTICULO Nº 5: Los fondos recaudados en concepto de multas serán destinados a solventar y articular las campañas previstas en el Art. 6ª de la presente ordenanza.
ARTICULO Nº 6: Impleméntese campañas de educación, información y concientización, alentando el uso de las bolsas de transporte alternativas a las de polietileno o similares, que deberán iniciarse dentro de los treinta días de promulgada la presente normativa.
ARTICULO Nº 7: Entréguese a los vecinos una bolsa de tela vegetal o similar para mitigar el uso de bolsas plásticas. Esta bolsa será entregada en las campañas de información y concientización y además los vecinos podrán retirarlas en el municipio.
ARTICULO Nº 8: La Dirección de Planificación y Ambiente y Urbano será la autoridad de aplicación de la presente ordenanza.
29 marzo, 2016