Trámites para la exención de tasas
La Dirección de Rentas de la Municipalidad de Godoy Cruz, comunicó la eximición del pago de tasas a personas jubiladas, con discapacidad y veteranos de guerra de Malvinas que cumplan con los siguientes requisitos:
Trámites para exención de tasas
Requisitos para Discapacitados:
- Vivienda única, destinada a uso familiar (ser titular, adjudicatario o familiar directo del titular de la propiedad objeto de recurso).
- Ser discapacitado o familiar directo de una persona con discapacidad.
Presentar fotocopias y originales de:
- 1º y 2º hoja del DNI de todas las personas que conviven en el domicilio.
- Certificado de única propiedad del grupo familiar conviviente. Debe ser solicitado en el registro de la propiedad ubicado en la calle Av. San Martin 1225 de Godoy Cruz.
- Acta de matrimonio (de estar casado/a).
- Acta de defunción (si es viudo/a).
- Acta de tenencia precaria.
- Certificado de discapacidad (solicitarlo en la casa de los abuelos ubicada en el Híper Libertad).
- Nº de Padrón Municipal.
- Bono de cobro de todas las personas que convivan en el domicilio y perciba algún haber (últimos dos meses).
- Demostrar que posee un ingreso familiar igual o inferior a tres salarios mínimos, vital y móvil.
Requisitos para Jubilados:
- Percibir un haber mensual de hasta $8.598.
- Vivienda única, destinada a uso familiar, ser titular o adjudicatario de la propiedad objeto de recurso.
- Que la jubilación o pensión sea el único ingreso del grupo familiar conviviente, excepto en los casos en que ambos cónyuges estén percibiendo un beneficio por jubilación o pensión, por lo cual los haberes sumados entre si no deben superar el monto establecido anteriormente.
- No se tiene que ejercer ninguna actividad comercial en el domicilio de eximición solicitada.
Presentar fotocopias y originales de:
- Último bono de cobro del año 2016.
- 1º Y 2º hoja del DNI y de todas las personas que conviven en el domicilio.
- Certificado de ANSES a nombre de esposo/a y de todas las personas mayores de edad que conviven en el domicilio donde conste si perciben algún haber. En el caso de ser viudo/a, separado/a, divorciado/a, soltera/o deberá presentar certificado de NSES donde conste que la jubilación o pensión sea el único ingreso que percibe.
- Acta de matrimonio (de estar casado/a).
- Acta de defunción (si es viudo/a).
- 1º y 2º hoja de la escritura de la propiedad objeto de la solicitud.
- Acta de tenencia precaria.
- Certificado de escolaridad.
- Certificado de discapacidad.
- Certificados médicos.
- Gastos de medicamentos en general.
- Nº de padrón municipal.
- Bono de cobro de las personas que convivan en el domicilio y perciban algún haber.
- Certificado del única propiedad expedido por el registro a la propiedad raíz.
Por cualquier duda o consulta comunicarse al Centro de Atención Unificada (CAU), ubicado en Perito Moreno 72, frente a Plaza Departamental Godoy Cruz.
Por Ramiro Piergentili