Es el pago de una Tasa de Actuación Administrativo por repetición del pedido de inspección por causas imputables al interesado.-
1- Presentar un formulario donde tenga el Sello de Rechazo de Inspección. la firma y sello del agente municipal.-
2- El Profesional debe estar libre de deuda en las Tasas y/o Sanciones Municipales (en caso de poseer deuda remitirse a "Estado y Pago de Deuda de Tasas").-
3- Abonar Sellado.-
1- El trámite se realiza en el Centro de Atención Unificada ( remitirse a "Oficina de Atención").-
2- Tiempo Aproximado de Gestión:Inmediato.-
3- Costos: según Código Tributario y Ordenanza Tarifaria vigente.-
Ordenanza (Código Tributario).-
Ordenanza 5519/07 (Código de Edificación).-
Ordenanza Tarifaria 6454/15 - Cap. XIII - Art. 60 - Punto D - Inciso 13.-
Ley 9003. Ley de Procedimiento Administrativo.-
5 enero, 2018