Es un estudio para proyectos nuevos (obras nuevas o actividades nuevas), que describe el proyecto o actividad que pretende realizar, que sirve para identificar, prevenir e interpretar los impactos ambientales que producirá el proyecto en su entorno en caso de ser ejecutado, todo ello con el fin de que la administración competente pueda aceptarlo, rechazarlo o modificarlo. Permite determinar la factibilidad ambiental y conveniencia.
EIAM: Evaluación de Impacto Ambienatal Municipal
1. Estudio de Impacto Ambiental, debe ser elaborado por profesionales o técnicos debidamente habilitados.-
2. El profesional deberá estar inscripto en el registro de consultores ambientales. -
4. Abonar sellado.-
- El trámite deberá iniciarse en el Centro de Atención Unificada (CAU) o Ciudanía Digital. Éste actúa como receptor o iniciador del trámite, y su tratamiento y evolución dependerá de la complejidad del tema.-
- Recordar que es una DECLARACIÓN JURADA y todos los datos aportados deben ser reales y la/el profesional o Consultora deben estar inscriptos en el REGISTRO DE CONSULTORES AMBIENTALES según Decreto 1670/04-.
- El Aviso de Proyecto deberá contener:
- Tiempo Aproximado de Gestión: Dependerá del cumplimiento de los requisitos.-
- Costos: según Código Tributario y Ordenanza Tarifaria vigente.-
1. Ordenanza 7100/20 (Código de Edificación)
2. Ordenanza 7270/22
3. Ley Provincial General del Ambiente Nº 5561/92
4. Decreto Reglamentario Nº 2109/94 Art. 11
5. Ley de Procedimiento Administrativo 9003
6. Ordenanza Tarifaria Vigente
7. Ordenanza (Código Tributario)
15 mayo, 2024