Tramitar la exención de Derechos de Inspección de Comercios.
1- Presentar una Nota, solicitando la exención comercio a la cuenta comencio y tipo entidad.
2-Personas Jurídicas:
2- Última Acta Asamblea
3- Certificado de Personería Jurídica / Inscripción en el Registro Nacional de Culto
4- Último Estado Contable
5- Al 31 de diciembre del año inmediato anterior debe no tener deuda o haber regularizado su situación mediante un Plan de Pago, o presentar Constancia de trámites iniciados.
1- El trámite deberá iniciarse en el Centro de Atención Unificada (CAU) o Ciudanía Digital. Éste actúa como receptor o iniciador del trámite, y su tratamiento y evolución dependerá de la complejidad del tema.
2- La Solicitud debe presentarse cada año. -
3- La Direcciónde Rentas recibe la documentación correspondiente y forma el Expediente.
Tiempo Aproximado de Gestión: Dependerá del cumplimiento de los requisitos. -
Costos: exento de sellado, según Ordenanza Tarifaria vigente. -
1- Ordenanza Tarifaría Vigente
2- Código Tributario Vigente
3- Ley 1079 (Ley Orgánica de Municipalidades.)
4- Ley 9003 (Ley de Procedimiento Administrativo.)
9 agosto, 2023